1 de abril de 2008

DE LOS PARTIDOS PÓLITICOS ELEGIBLES

Para el ejercicio político los partidos deberán organizarse en cuatro tendencias o Súperpartidos, que representarán los cuatro posibles candidatos para cada función, en forma personal y jamás por lista. Estos serán: Extrema izquierda, Extrema derecha, Centro izquierda y Centro derecha. Los candidatos para la elección a una función pública así no sean inscritos a un partido político deberán tener el patrocinio de uno de ellos.

En elección popular, legislativa o parlamentaria sólo podrán ser elegidos los ciudadanos que hayan aprobado la instrucción secundaria, sea institucional o autodidáctica con aprobación institucional y que tenga pleno ejercicio de sus derechos de ciudadanía. El ciudadano autodidacta puede reclamar el reconocimiento de sus derechos en cualquier estado de la unión o al Gobierno Federal.

No hay comentarios: